{"version":"1.0","provider_name":"COMFAMILIAR PUTUMAYO","provider_url":"https:\/\/comfaputumayo.com\/demo1","author_name":"comfa","author_url":"https:\/\/comfaputumayo.com\/demo1\/author\/comfa\/","title":"SUBSIDIO - COMFAMILIAR PUTUMAYO","type":"rich","width":600,"height":338,"html":"<blockquote class=\"wp-embedded-content\" data-secret=\"MtwlZLwz8d\"><a href=\"https:\/\/comfaputumayo.com\/demo1\/subsidio\/\">SUBSIDIO<\/a><\/blockquote><iframe sandbox=\"allow-scripts\" security=\"restricted\" src=\"https:\/\/comfaputumayo.com\/demo1\/subsidio\/embed\/#?secret=MtwlZLwz8d\" width=\"600\" height=\"338\" title=\"\u00abSUBSIDIO\u00bb \u2014 COMFAMILIAR PUTUMAYO\" data-secret=\"MtwlZLwz8d\" frameborder=\"0\" marginwidth=\"0\" marginheight=\"0\" scrolling=\"no\" class=\"wp-embedded-content\"><\/iframe><script>\n\/*! This file is auto-generated *\/\n!function(d,l){\"use strict\";l.querySelector&&d.addEventListener&&\"undefined\"!=typeof URL&&(d.wp=d.wp||{},d.wp.receiveEmbedMessage||(d.wp.receiveEmbedMessage=function(e){var t=e.data;if((t||t.secret||t.message||t.value)&&!\/[^a-zA-Z0-9]\/.test(t.secret)){for(var s,r,n,a=l.querySelectorAll('iframe[data-secret=\"'+t.secret+'\"]'),o=l.querySelectorAll('blockquote[data-secret=\"'+t.secret+'\"]'),c=new RegExp(\"^https?:$\",\"i\"),i=0;i<o.length;i++)o[i].style.display=\"none\";for(i=0;i<a.length;i++)s=a[i],e.source===s.contentWindow&&(s.removeAttribute(\"style\"),\"height\"===t.message?(1e3<(r=parseInt(t.value,10))?r=1e3:~~r<200&&(r=200),s.height=r):\"link\"===t.message&&(r=new URL(s.getAttribute(\"src\")),n=new URL(t.value),c.test(n.protocol))&&n.host===r.host&&l.activeElement===s&&(d.top.location.href=t.value))}},d.addEventListener(\"message\",d.wp.receiveEmbedMessage,!1),l.addEventListener(\"DOMContentLoaded\",function(){for(var e,t,s=l.querySelectorAll(\"iframe.wp-embedded-content\"),r=0;r<s.length;r++)(t=(e=s[r]).getAttribute(\"data-secret\"))||(t=Math.random().toString(36).substring(2,12),e.src+=\"#?secret=\"+t,e.setAttribute(\"data-secret\",t)),e.contentWindow.postMessage({message:\"ready\",secret:t},\"*\")},!1)))}(window,document);\n<\/script>\n","thumbnail_url":"http:\/\/comfaputumayo.com\/demo1\/wp-content\/uploads\/2021\/02\/Entrega-de-Bonos2edit-e1621890245112.jpg","thumbnail_width":1200,"thumbnail_height":800,"description":"Subsidio Subsidio Subsidio familiar Es una prestaci\u00f3n social pagadera en dinero, especie y servicios a los trabajadores de medianos y menores ingresos, en proporci\u00f3n al n\u00famero de personas a cargo, y su objeto fundamental consiste en el alivio de las cargas econ\u00f3micas que representa el sostenimiento de la familia como n\u00facleo b\u00e1sico de la sociedad. Subsidio especial Pago a personas inv\u00e1lidas o de capacidad f\u00edsica disminuida. Subsidio monetario Se paga por cada persona a cargo del trabajador afiliado cuya remuneraci\u00f3n fija o variable no sobrepase los cuatro (4) salarios m\u00ednimos legales mensuales vigentes, siempre y cuando laboren al menos 96 horas al mes, y que sumados sus ingresos con los de su c\u00f3nyuge o compa\u00f1ero (a), no sobrepasen seis (6) salarios m\u00ednimos legales mensuales vigentes. Valores por hijo o beneficiario \u00b7\u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0$63.550 por cada hijo(a) o persona beneficiaria.\u00a0 \u00b7\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0$127.100\u00a0 por cada hijo(a) o persona beneficiaria con discapacidad. \u00b7\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0$73.082\u00a0 por cada hijo(a) o persona beneficiaria de trabajadores en empresas del sector agropecuario. \u00b7\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0$146.164 por cada hijo(a) o persona beneficiaria de trabajadores en empresas del sector agropecuario, con personas beneficiarias en condici\u00f3n de discapacidad.\u00a0\u00a0\u00a0 Estos valores aplican para el a\u00f1o 2025. \u00a0 Subsidio en especie Es el reconocido en g\u00e9neros diferentes al dinero; Bonos Nutricionales, Becas Estudiantiles, Textos escolares, Bonos Navide\u00f1os y dem\u00e1s g\u00e9neros diferentes al dinero que permita la Ley. Subsidio extraordinario Por muerte del trabajador beneficiario y\/o persona a cargo. Fallecimiento del trabajador afiliado Si el trabajador afiliado fallece, la Caja continuar\u00e1 pagando el subsidio familiar durante 12 meses a la persona que acredite la guarda y sostenimiento de los beneficiarios. Requisitos: Registro civil de defunci\u00f3n del trabajador afiliado. El afiliado debe haber recibido el subsidio en el periodo de giro inmediato anterior. Se pagar\u00e1 durante 12 meses el subsidio en dinero a quien demuestre que se ha hecho responsable del cuidado de los beneficiarios. La empresa debe informar de inmediato el fallecimiento a la Caja. Fallecimiento del beneficiario Si un beneficiario fallece, se pagar\u00e1 un subsidio extraordinario equivalente a 12 cuotas monetarias en un solo mes, seg\u00fan el valor de la cuota en el a\u00f1o del suceso. Requisitos: Registro civil de defunci\u00f3n del beneficiario a cargo. El afiliado debe haber estado recibiendo subsidio familiar por este beneficiario. Medios de pago cuota monetaria Abono a cuenta bancaria o cobro en efectivo mediante convenio con Supergiros S.A\u00a0 Subsidio en servicios Es aquel que se reconoce a trav\u00e9s de la utilizaci\u00f3n de las obras y programas sociales; Capacitaci\u00f3n, Recreaci\u00f3n, Deporte y Turismo. Subsidio simultaneo Pago por los mismos hijos, cuya remuneraci\u00f3n sumada no sobrepase el tope salarial de los cuatro salarios m\u00ednimos legales vigentes. Procedimiento de conciliaci\u00f3n y prescripci\u00f3n de cuota monetaria OBJETIVO: Realizar la conciliaci\u00f3n de cuota monetaria y verificar cuales est\u00e1n pr\u00f3ximas a prescribir para comunicar a beneficiario M\u00e1s informaci\u00f3n Informaci\u00f3n Importante Importante Atenci\u00f3n afiliados Teniendo en cuenta el proceso de prescripci\u00f3n de cuota monetaria del subsidio familiar, procedemos a notificar por aviso a los trabajadores pr\u00f3ximos en prescribirles este beneficio. Ver listado Ver oficio Preguntas Frecuentes Frecuentes \u00bfQui\u00e9nes est\u00e1n obligados a afiliarse a una Caja de Compensaci\u00f3n Familiar? De conformidad con el Art. 7\u00b0 de la Ley 21 de 1982: \u201cEst\u00e1n obligados a pagar el Subsidio Familiar y a efectuar aportes para el Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA): La Naci\u00f3n, por intermedio de los Ministerios, Departamentos Administrativos y Superintendencias. Los Departamentos (\u2026), el Distrito Capital de Bogot\u00e1 y los Municipios. Los establecimientos p\u00fablicos, las Empresas Industriales y las empresas de econom\u00eda mixta de los \u00f3rdenes nacional, departamental (\u2026), distrital y municipal. Los empleadores que ocupen uno o m\u00e1s trabajadores permanentes. Estas empresas solamente pueden estar afiliadas a una Caja de Compensaci\u00f3n Familiar que funcione en el lugar donde se causen los salarios, sin que sea posible efectuar giros parciales por algunos trabajadores y en consecuencia la Caja gira el subsidio familiar igualmente a la totalidad de los trabajadores que acrediten el derecho al mismo. \u00bfQui\u00e9nes m\u00e1s pueden afiliarse a una Caja de Compensaci\u00f3n Familiar? Tambi\u00e9n pueden afiliarse a una caja de compensaci\u00f3n familiar los trabajadores independientes y los pensionados \u00bfCu\u00e1les son las personas a cargo? Los hijos, hijastros, hermanos hu\u00e9rfanos de padres, padres mayores de 60 a\u00f1os que convivan y dependan econ\u00f3micamente del trabajador. \u00bfPueden cobrar ambos padres Subsidio Familiar por los mismos hijos? Cuando la suma de los salarios del trabajador y su c\u00f3nyuge o compa\u00f1ero(a) permanente est\u00e1n por debajo de cuatro salarios m\u00ednimos mensuales legales vigentes, ambos pueden reclamar subsidio monetario por los mismos hijos. Si la suma de los salarios excede este tope, pero no supera los seis salarios m\u00ednimos mensuales legales vigentes, se girar\u00e1 la cuota monetaria a quien devengue menos. \u00bfCu\u00e1ndo la Caja de Compensaci\u00f3n Familiar paga doble cuota del Subsidio Familiar? Se paga doble cuota de subsidio familiar a los padres, hermanos hu\u00e9rfanos de padres y los hijos que sean inv\u00e1lidos o de capacidad f\u00edsica disminuida, que les impida trabajar. \u00bfQu\u00e9 pasa con la cuota monetaria cuando el trabajador fallece? Este pago de la cuota monetaria se mantiene durante 12 meses, por las mismas personas que ten\u00eda el trabajador a cargo en el tiempo de su muerte. En estos casos, es necesario presentar el debido certificado de defunci\u00f3n. \u00bfQu\u00e9 pasa con la cuota monetaria cuando el beneficiario fallece? Una vez sea presentado el certificado de defunci\u00f3n, el trabajador recibe el valor equivalente a 12 cuotas monetarias. \u00bfDurante los periodos de incapacidad hay lugar al pago del Subsidio Familiar? Durante los periodos de incapacidad por motivo de enfermedad no profesional, maternidad, accidente de trabajo y enfermedad profesional, el trabajador tiene derecho a recibir el subsidio familiar una vez se acredite el certificado expedido por la correspondiente EPS. \u00bfCu\u00e1ndo se debe dar aviso a la caja de compensaci\u00f3n familiar de las novedades de las personas a cargo del trabajador? El trabajador tiene la obligaci\u00f3n de avisar a la respectiva caja de compensaci\u00f3n, directamente o por conducto del empleador, los nacimientos o muertes de personas a cargo; si se termin\u00f3 la convivencia y cualquier otro hecho que determine modificaciones en la cuant\u00eda"}